Crédito Tradicional

Crédito Tradicional

Crédito Tradicional

Denomínese créditos con reciprocidad hasta 10 veces los aportes sociales, a los préstamos que la Cooperativa otorga a sus asociados
Tendrán derecho a este préstamo, todos los asociados que hayan pagado el primer mes de aportes sociales y cumplan con los requisitos establecidos por la Cooperativa.
Es una operación de libre inversión.
Dependiendo del plazo y la reciprocidad de los aportes sociales del asociado solicitante y relacionado con un multiplicador de veces existirá una tasa de interés remuneratorio.
  • Haber capitalizado el monto en aportes sociales requerido de acuerdo con el monto de crédito solicitado. El asociado solo podrá capitalizar una vez al año.
  • En el caso que el asociado no tenga los aportes requeridos, mencionados en el párrafo anterior, deberá capitalizarlos con anterioridad al desembolso del crédito.
Los plazos para amortizar la obligación se estipulan por la cooperativa de acuerdo con el monto de capital solicitado en préstamo. El plazo máximo para amortizar esta línea de crédito es de diez (10) años.
Se solicitarán de acuerdo con el artículo 27 del reglamento de crédito vigente o de acuerdo a nivel de riego.
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